Tuvimos
la suerte de, con motivo de la celebración de la efeméride indicada,
contar con la aportación de personas, que además de competentes,
nutritivas y nutridoras aportaran algo más de si, superando una
dimensión que rebasa la mera asignación académica para ofrecernos
refulgentes signos de enriquecimiento personal volcados al servicio de
la comunidad.
Entre
quienes aportaran desde el mismo centro, y quienes de fuera donaran su
experiencia, que infundiera luz y sentido a ciertas conductas que, por
jovenes no se encajan en la responsabilidad que la convivencia social
exige.
Así entre otros, la Sra. Dñ.ª Mª José Contreras, Fiscal de Menores
nos sensibilizó de/sobre ...
EN BUSCA DE GARANTÍAS
EN NUESTRO ESTADO DE DERECHO
El
sistema judicial se compone de 3 elementos imprescindibles e insustituibles:
el
juez, la fiscalía y la abogacía.
La fiscalía defiende los derechos de todos y la
abogacía los derechos de los encausados; el juez pondera y decide la sentencia
justa atendiendo a las partes para garantía de la sociedad y del individuo.
El sistema judicial está para garantizar la armonía y
la paz social en tres ámbitos de la vida comunitaria: el familiar o doméstico;
el escolar o laboral y el social o público.
En el ámbito familiar es esencial
garantizar la obediencia y el respeto. La obediencia de los hijos a los padres
y el respeto mutuo entre todos sus miembros.
-
En el ámbito escolar es esencial
garantizar el estudio y el clima de trabajo, así como el debido respeto a las
personas del entorno: profesores, personal auxiliar, compañeros, y recursos e
instalaciones.
-
En el ámbito social respetar a las
personas, animales y propiedades públicas y privadas
Toda transgresión a estos tres ámbitos se considera
atentados.
Las transgresiones se diferencian en tres niveles o
grados: leves, graves y muy graves
Estas transgresiones se diferencian según la edad
legal, si mayor de edad con los 18 años en adelante, o no alcanzándolos
considerados menores.
Si son menores, serán
los padres, -en la mayor parte de los casos- los responsables civiles subsidiarios, pero siempre en
consideración a la edad y la gravedad de los hechos ocasionados, pudiendo el
Estado o la Junta, retirar la custodia y patria
potestad o tutela a los padres para ejercerla el propio Estado o la Junta
Autónoma, en lugar de éstos.
Frente al respeto debido en los casos a considerar, se
medirán las transgresiones ejercidas mediante chantaje, amedrentamiento y
coacción, a las personas revestidas de autoridad pública, o a cualquier
ciudadanos menor o mayor de edad.
En cuanto que el Grupo debe defender a sus miembros,
ha de quedar muy claro el juego o modo de actuar. Toda persona que tuviera
conocimiento de un delito debe ponerlo en conocimiento de la autoridad
competente y próxima, especialmente el mismo sujeto acosado, quien debe
informar de la situación, y el grupo antes que celebrar, debe bloquear la
comisión de delito.
Hemos de ser activos y no pasivos ante la erradicación
de delitos para adoptar las medidas más eficaces pues en función de su
prontitud, su eficiencia resolutiva.
Por ello, hemos de tener muy claro que EL DELITO NO SOLO LO COMETE EL AGENTE sino igualmente el grupo testigo, inherente
colaborador y cómplice en la comisión del hecho.
EL SISTEMA JUDICIAL NO BUSCA CASTIGAR sino corregir y modificar las
conductas que provocan y desencadenan hechos contrarios a la convivencia y a la
dignidad de las personas, así como la salvaguarda de su integridad y
propiedades, para la garantía de la paz
Cuando un menor delinque entra en una situación de
estudio. El sujeto será evaluado y supervisado por un Equipo Técnico compuesto
por un psicólogo, un trabajador social y un educador.
Recordemos que los ámbitos de jurisdicción de las
garantías de los derechos de los ciudadanos e inherentes y reciprocas
obligaciones abarcan los espacios familiares, escolares-laborales y sociales.
Existe un criterio y es la responsabilidad
civil que toda persona ha de hacer de sus actos, en el caso del menor, los
padres asumen esta responsabilidad tutelar, si en este espacio familiar se
cometieren delitos tales como empujar, zarandear, apartar, agarrar, agredir o
amenazar verbalmente con ensañamiento… para garantía de los derechos de los
miembros, se rompe esta relación paterno filial, pues “no tiene sentido
mantener una medida que no tiene sentido”. Y por cuanto que, si se probara que
el hijo deja de comportarse como hijo, o el padre deja de actuar como padre,
solo entonces se aplican las medidas disciplinarias pertinentes establecidas
por la ley. Tanto en el ámbito familiar como escolar concurren similares
patrones de comportamientos. Será en el ámbito social donde se amplifican y
complican las conductas de mayor peligro.
Conviene dejar claro sobretodo, la
conducta de sustracción de objetos
de propiedad ajena. En ella diferenciamos el hecho de robar, lo que
conlleva violencia; y la de hurto, donde se sustrae, pero sin daños. Aquí hay
que dejar igualmente muy claro que los presentes pudieran actuar como
colaboradores en la comisión del delito o incluso como intimidadores
(haciéndose hincapié en la RECEPTACIÓN
cuando se adquiere objetos robados…)
y otras advertencias legales:
* No se exime ni
minimiza que pudiera actuarse sin voluntad de provocar mayor daño pero si se
ocasionase, al margen de lo que se pretendiera, se juzgan los resultados
probados pericialmente.
* Considerar
igualmente que aquellas peleas y
reyertas mutuamente aceptadas serán tratadas como agresiones reciprocas…
que debemos advertir con máxima claridad en los casos de provocación y …
aceptación. Esta incitación debe ser bloqueada e interrumpida desde el inicio. En
esta línea, las bromas pesadas como
imprudencias (dolo eventual) son
juzgadas como agresiones, las justificaciones no eximen ni atenúan la
culpabilidad.
* Los delitos contra
la libertad sexual consentidas o no han de ser tratadas con extremas garantías
por las consecuencias sociales y personales que se derivan de dichos actos, que
fácilmente derivan de lo íntimo a lo público con sus trascendencias y
repercusiones…
1 comentarios:
Para subir como comentario al blog del aula:
El juez es alguien que hace justicia mediante las sentencias, y ayuda a la gente a vivir en paz.
La fiscalía es alguien que también hace justicia, hace que los niños que delinquen reciban proporcionalmente las correcciones que supriman sus malas conductas.
Un abogado es alguien que hace las personas no estén dentro de una cárcel.
El sistema judicial hace que las personas estén muy bien, también ayuda a los niños en preservar sus garantías y que los niños no rompan muchas cosas y también que las personas no estén enfermos y resfriados y calambres que los niños no se peleen ni tampoco se porten mal que los niños ayuden a las personas también que los niños sean amables y cariñosos y que se porten muy bien también las personas que tenga un problema y que las personas no se enfaden ni tampoco se ponga muy tristes y que no se ponga muy mal con los niños y que el mundo sea un lugar muy mejor que las personas ayuden a los niños.
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